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GTI Noticias Nº 5 - 2009 (28 de enero al 6 de febrero)

Resumen de noticias del GTI

6 de febrero de 2009

Las graves consecuencias de la crisis financiera han motivado nuevas políticas gubernamentales en la región que, entre otros aspectos, buscan asegurar o acelerar el desarrollo de los proyectos de infraestructura vial, energética, saneamiento, etc.

En situaciones “normales” los gobiernos acostumbran dictar normas que declaran de interés o prioridad nacional la ejecución de grandes proyectos de infraestructura. Una de las justificaciones esgrimidas para estas normas es que las capacidades de la administración pública se ven superadas por la complejidad o urgencia de los proyectos.

El propósito operativo de estas normas es, en esencia, la reducción o eliminación excepcional de plazos y condiciones regulares sobre contrataciones y adquisiciones de préstamos, bienes y de servicios. En la actual coyuntura de crisis financiera internacional, este tipo de normas están reapareciendo y multiplicándose. Sin embargo, ahora han empezado a aparecer también medidas que directamente modifican regulaciones ambientales.

En el caso peruano, entre diciembre y enero último, se han priorizado 64 proyectos a los que se aplicará normas especiales. Entre estos proyectos destacan puertos ubicados en la costa y la amazonía, carreteras, de saneamiento, irrigación, salud y educación. A estos proyectos priorizados se les reducirán las exigencias legales para facilitar su ejecución.

Adicionalmente, en un decreto de urgencia publicado hoy, se establecen plazos para la elaboración y aprobación de las evaluaciones de impacto ambiental. La norma precisa tres tipos de plazos: a) 15 días para la clasificación del tipo de EIA (detallado o semidetallado); b) 90 días para la elaboración del EIA y, c) 45 días para la revisión del EIA por parte de la autoridad respectiva.

Estos plazos son menores a los previstos en la misma propuesta gubernamental de reglamento de la ley del sistema de evaluación de impacto ambiental. (www.minam.gob.pe/index.php?option=com_docman&task=doc_download&gid=9&Ite...). En este texto se establece entre 90 á 120 días hábiles para la revisión de los EIAs, dependiendo si son semidetallados o detallados. Mientras que para la calificación de los EIASs se consideraba un plazo de 30 días. Es decir, sin importar la complejidad del tipo de proyecto, la nueva norma no sólo se reduce los plazos para que la autoridad pueda decidir sino que, además, uniformiza un plazo máximo para la elaboración de los EIAs.

Es impostergable resolver las causas y consecuencias de la grave crisis. Pero también es importante evitar que se ocasionen costos de degradación ambiental por la aplicación de las nuevas condiciones antes descritas.

Mariano Castro SM

Coordinador GTI-ICAA

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